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Dará ICHITAIP seguimiento a la implementación de la nueva Ley de Archivos

Chihuahua.- El Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) celebró la aprobación que hizo el H. Congreso del Estado, de la nueva Ley de Archivos para el Estado de Chihuahua y estableció un firme compromiso de seguir y apoyar puntual la implementación de sus diversas disposiciones, dada la relevancia que tienen los archivos como fuente de consulta para dar respuesta a las solicitudes de acceso información pública que en uso de su derecho constitucional hacen personas y organismos ante los sujetos obligados debidamente registrados en la entidad.

Con la aprobación que hizo el Poder Legislativo, Chihuahua se suma a las otras entidades que ya promulgaron su Ley de Archivos a la Legislación federal. Estas son Colima, Nuevo León, Hidalgo, Jalisco, Oaxaca, Ciudad de México, Guanajuato, San Luis Potosí, Tlascala y Yucatán.

Contar con la Ley de Archivos cobra especial relevancia ante el cambio de administración en las diferentes esferas de gobierno, que se vivirá este año y la protección que deben recibir ante ellos la documentación pública.

Es de destacar que la nueva legislación, abroga la Ley de Archivos del Estado de Chihuahua publicada el 26 de junio del 2013, y con ella Chihuahua armoniza su legislación estatal con la Ley General de Archivos, además de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo Cuarto Transitorio de la normativa federal.

Esta ley establece el Sistema Institucional para la Administración de Archivos, además de los procesos para la gestión documental y la conformación de un grupo interdisciplinario, que coadyuve a la valoración de los documentos.

Así mismo, permite contar con los instrumentos de control y de consulta archivística que serán autorizados por un grupo interdisciplinario, conforme a sus atribuciones y funciones, para mantenerlos actualizados y disponibles para su consulta. Estos instrumentos de control y consulta contarán con al menos el Cuadro General de Clasificación Archivística, Catálogo de Disposición Documental, Inventarios Documentales y Guía de Archivo Documental.

También resalta de que pone a disposición del pública la Guía de Archivo Documental, así como el Índice de Expedientes Clasificados como reservados a que hace referencia la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

En sus artículos transitorios, se establece la prohibición de eliminar documento alguno, en tanto no se expidan el Catálogo de Disposición Documental y demás normas que determinarán los procedimientos para la disposición documental.

 

Se establece que el Archivo General del Estado de Chihuahua iniciará a operar en enero del año 2022, quedando provisionalmente la Secretaría de Cultura y Deporte, a cargo de dicha instancia encargada de sentar las bases para el desarrollo del Sistema Estatal de Archivos.

 

Así mismo se señala que el Presupuesto de Egresos del Estado para el año 2022, deberá establecer la previsión presupuestal correspondiente para permitir la integración, funcionamiento y aplicación de la Ley y que una vez instituido el Archivo General del Estado, el Poder Ejecutivo del Estado contará con un plazo de 180 días hábiles para la creación del Reglamento respectivo donde se establezca la creación, naturaleza y estructura orgánica y ocupacional, del Archivo General del Estado de Chihuahua.

 

 

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