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Piden cárcel a quien separe a mujeres de sus hijos por venganza

Noticias de Chihuahua. – Para salvaguardar la salud emocional e integridad  de mujeres madres, la diputada local por Morena América García, pidió imponer penas de hasta 8 años de cárcel a quienes generen violencia vicaria en contra de sus parejas separándolas de sus hijos.

 La violencia vicaria es la acción u omisión en la que se provoque la separación de la madre con sus hijas e hijos o persona vinculada significativamente a la mujer, a través de la retención, sustracción, ocultamiento, maltrato, amenaza, puesta en peligro o promoviendo

mecanismos jurídicos y no jurídicos que retrasen, obstaculicen, limiten e impidan la convivencia.

 Lo anterior, con la finalidad de manipular, controlar a la mujer o dañar el vínculo afectivo, ocasionando un daño psicoemocional, físico, patrimonial o de cualquier otro tipo a ella y a sus hijas e hijos e incluso el suicidio a las madres y a sus hijas e hijos, así como para desencadenar en el feminicidio u homicidio de las hijas e hijos perpetrados por su progenitor.

 Explicó la joven legisladora que, de acuerdo con información proporcionada por el frente Nacional Contra la Violencia Vicaria, en el 2021 un total de mil 865 mujeres fueron víctimas de violencia vicaria, y con respecto al 2022 hubo un aumento de un 167% con 7 mil 670 casos.

 “Esto ocasiona, no sólo daños físicos en las mujeres, sino que también puede ir desde trastornos de alimentación, afecciones músculo esqueléticas y daños cardiovasculares, así como afectaciones mentales como depresión, trastornos de ansiedad, irritaciones y estrés postraumático, desembocando en la utilización desmedida de alcohol y drogas”, cuestionó la legisladora morenista.

 A fin de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, la diputada por Morena en el Congreso del Estado, presentó iniciativa con carácter de Decreto para que se reformen diversos artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua.

 De tal manera que se puedan imponer de uno a cinco años de prisión y de cien a trescientos días multa, a quién, en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera bienes a nombre de terceros.

 

 

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