Chihuahua, a medias en proteger derechos ante medidas sanitarias por COVID19

Chihuahua.- Al no hacer público el marco normativo que regula la operación de las medidas sanitarias, particularmente aquellas que pudieran incidir en derechos como el libre tránsito, a la privacidad y la libertad de reunión, y que implican la participación de cuerpos de seguridad pública, Chihuahua se coloca entre los estados que no protegen del todo los derechos humanos en esta contingencia sanitaria por el Coronavirus COVID-19.

Así lo dejó de manifiesto el reciente estudio de las organizaciones civiles Transparencia Mexicana y Tojil, através del Mecanismo de seguimiento a planes, fondos, programas, acciones y recursos, conocido como #SusanaVigilancia, en el que se estudió el impacto de las medidas implementadas por los gobiernos estatales y Federal durante la epidemia.

De acuerdo con #SusanaVigilancia, 20 estados y el Gobierno Federal publican en sus micrositios las medidas para prevenir contagios ante COVID-19 en el espacio público, pero sólo un tercio de los gobiernos estatales, entre ellos Chihuahua, incluye en sus micrositios especiales el sustento jurídico de las medidas que limitan el uso del espacio público, el tránsito o reunión de la ciudadanía.

Si bien Chihuahua es uno de los seis estados, junto con la Ciudad de México, Coahuila, Jalisco, Yucatán y Zacatecas, que publican información en sus micrositios COVID-19 sobre la aplicación de “filtros sanitarios”, es decir los puntos de revisión sanitaria obligatoria, ningún estado tiene a la vista el protocolo bajo los que operan los filtros, lo que dificulta al ciudadano hacer valer sus derechos, ya que con la información debida la ciudadanía sobre dónde y cómo operan estos filtros se ayudaría a evitar extorsiones, revisiones arbitrarias o “pesquisas” por parte de la autoridad.

Por ello, recomendaron que toda medida sanitaria con impacto en derechos humanos debe ser publicada en los micrositios especiales e informada oportunamente a la ciudadanía, así como el sustento jurídico que autorice la medida, así como la localización de los filtros sanitarios e idealmente deben ser georeferenciados, y los protocolos de actuación de los filtros sanitarios, a fin de que las personas revisadas sepan qué hacer y cuáles son sus derechos.

Related Post