Consejo de la Judicatura por encima del Poder Judicial

  “Hay que explorar el fango, tocar la muerte y

el barro para subir hacia los cielos límpidos”.

 

Jodorowsky

 

Francisco Flores Legarda

Pensado y diseñado a finales del siglo pasado y consolidándose permanentemente a partir de entonces hasta la actualidad, el Consejo de la Judicatura Federal constituye el instrumento garante de la autonomía y eficacia de la función judicial que coadyuva a fortalecer la trascendente encomienda constitucional del Poder Judicial de la Federación de impartir justicia.

Una institución que se forja en la normatividad que la rige y orienta los resultados de su gestión pública en la eficiencia, requiere resguardar su evolución histórica y preservar su gradual fortalecimiento orgánico sustentando sus cauces en la capacidad, experiencia, principios y lealtad institucional de quienes la integran.

Los nuevos retos que los tiempos actuales han impuesto a la función pública, derivados de las profundas transformaciones sociales, obligan a la excelencia profesional y honorabilidad en el desempeño de quienes integran las instituciones del Estado; lo que debe constituir referente obligado para evaluar a los aspirantes a ocupar cargos de tan alta responsabilidad como la de Consejero de la Judicatura Federal, en la medida en que también se ha operado un cambio en la concepción del papel atribuido a los jueces, pues de ser meros interpretadores y aplicadores mecánicos de normas, han pasado a ser agentes activos de transformación política y social.

Por lo anterior, en relación con el perfil que debe de reunir un Consejero de la Judicatura Federal, necesariamente debemos de contar con una persona, que además de cumplir con los requisitos normativos previstos en la Constitución Federal, sea capaz de planificar, dirigir, organizar, evaluar y que constantemente esté tomando decisiones dentro del quehacer diario de esta Institución. No sólo debe ser apto para asumir estas responsabilidades sino también debe sentir y demostrar la convicción de que independientemente de la organización del área que tenga a su cargo, cualquier labor o decisión que ejecute tendrá que llevarla a cabo siempre aplicando todos los valores éticos-humanos que garanticen el éxito sin pretensiones de lograr lo máximo con el mínimo esfuerzo.

La composición del Consejo de la Judicatura Federal, en donde la discusión colegiada y abierta, como norma de decisión, garantizan una mayor imparcialidad en la toma de acuerdos que permiten avanzar en las labores de fortalecimiento del Poder Público y modernización de la gestión judicial, aunada a las atribuciones constitucionales y legales encomendadas a la institución, son parámetros útiles en la construcción del perfil que debe reunir un Consejero, quien a través de propuestas y colaboración en el trabajo conjunto, deberá enriquecer el trabajo desarrollado por quienes han tenido el altísimo honor de integrarla.

En este contexto, puede afirmarse que es la estructura constitucional de cuerpo colegiado permite establecer el perfil que debe reunir un Consejero de la Judicatura Federal, el cual debe integrarse en alguien que satisfaga igualmente los atributos de un cabal y honesto administrador, entre otras cualidades, pues no debe soslayarse que la naturaleza meramente administrativa del mencionado órgano con singulares funciones de vigilancia y disciplina, lo involucra en problemas que inciden en el prestigio del Poder Judicial de la Federación como institución, y en la carrera judicial de quienes lo integran; por tanto, la formación del Consejero debe estar respaldada por una sólida preparación jurídica.

Así, sumado a lo anterior, considero que un Consejero también debe reunir, cuando menos, los siguientes valores y actitudes:

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a).- Alto grado de autoestima, responsabilidad, integridad y honestidad, debiendo contar, además, con normas de conducta, principios y ética en la práctica profesional.

b).- Disposición para el uso y manejo de equipo y tecnología, armonizando las necesidades de recursos humanos y materiales evitando distorsiones administrativas excesivas, con la ayuda de la informática.

c).- Motivación para la búsqueda y logro de metas, proporcionando al personal un ambiente positivo en el cual, mediante un sistema objetivo se evalúe y mejore su desempeño, con el fin de que sea eficaz y eficiente, desarrollándose dentro de la Institución.

d).- Sensibilidad social y humanística, a través del respeto hacia cualquier persona, sin que ello implique mermar su autoridad institucional.

e).- Sin perder su independencia y con flexibilidad mental, deberá saber trabajar en equipo, desarrollando en el área que se le asigne, la vocación de servicio y una cultura participativa de trabajo grupal, enfocada a satisfacer las expectativas del personal que lo conforma y de la sociedad a través del desarrollo de la mente organizacional.

g).- Poseer una mentalidad analítica, reflexiva, crítica, creadora, orientadora y con una capacidad promotora que le permita tener activa y protagónica participación en el desarrollo jurisdiccional y social, que sea capaz de interpretar las estructuras jurídicas, históricas y políticas del país.

h).- En el plano personal, la inteligencia emocional es un factor de gran trascendencia para el adecuado desempeño del cargo; la experiencia y formación en la vida cotidiana no son cuestiones irrelevantes, aquellos factores de educación, estrato social, antecedentes culturales e ideológicos y de preferencias políticas en el seno familiar, pueden incidir inconcientemente en el ánimo de quien tiene la tarea de ser Consejero de la Judicatura Federal -materializada básicamente en juzgar la carrera judicial de nuestros propios compañeros-, y aun determinar el sentido de sus decisiones, lo que indudablemente afectaría gravemente la estructura del sistema de justicia.

Acorde con esto último, el Consejero debe resolver conflictos sin involucrarse en ellos, lo que exige un equilibrio emocional como sustento imprescindible de su imparcialidad, objetividad e independencia, pues de no actuar así, quebrantaría los propósitos de creación del Consejo de la Judicatura Federal relativos a incrementar la eficacia de la función judicial.

Preservar la probidad, prudencia e imparcialidad de los jueces y magistrados federales de los peligros y amenazas de los poderes fácticos, grupos sociales e individuos, es tarea cotidiana en la que el Consejo de la Judicatura Federal está comprometido para asegurar la independencia de la función judicial y garantizar un servicio público de excelencia como propósitos fundamentales de la Institución y avanzar en el afianzamiento de una judicatura autónoma, independiente e imparcial.

Considerando las dificultades que implica ser juzgador federal, cuya función primordial es la oportuna impartición de justicia a través de la aplicación irrestricta de la ley como medida de protección de los derechos fundamentales, lo que no siempre es debidamente comprendido, entonces, queda a cargo del Consejo de la Judicatura Federal fomentar permanentemente la confianza de jueces y magistrados para que puedan desempeñar y cumplir con absoluta cabalidad su encomienda; por tanto, deberá escucharlos, entenderlos, comprenderlos y estimularlos siempre

f).- Reconocimiento de la importancia de la lealtad hacia la institución que representa el Consejo de la Judicatura Federal y un alto grado de responsabilidad para alcanzar el bienestar común, sosteniendo una constante comunicación positiva entre todos los miembros del Consejo de la Judicatura Federal.

De igual manera, el Consejo de la Judicatura Federal debe contar con liderazgo, con sólidos valores que demuestren una ética profesional que satisfaga y responda permanentemente a las necesidades de la sociedad, generando confianza y manteniendo hacia su interior una relación digna entre sus miembros a fin de evitar exabruptos entre ellos y con sus subalternos, y de esa forma cumplir con la misión institucional que le fue encomendada.

Quien pretende ocupar un cargo de tal jerarquía, debe orientar sus esfuerzos a través de una visión funcional que marque el sendero hacia los auténticos fines para los que fue creado el Consejo de la Judicatura Federal, apoyándose en un profundo conocimiento de la realidad que le circunda y una estricta disciplina para trabajar sobre datos estadísticos reales y hechos concretos, y no sobre juicios de valor. Una buena decisión suele ser fruto de realidades detectadas a tiempo, mientras que una mala decisión suele provenir de ilusiones no contrastadas.

A partir de los diversos criterios adoptados tanto por la Comisión, como por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación al Estado Mexicano, que han modificado el rostro del sistema de impartición de justicia en nuestro país, las diversas reformas legales que han traído a nuestra administración de justicia la implementación del sistema penal de corte acusatorio y oral, la justicia especializada en adolescentes, los juicios orales en materia mercantil y desde luego el tránsito hacia una auténtica defensa de los derechos fundamentales del hombre nos obliga a contar con jueces con un nuevo perfil, ya que éstos deberán vivir y sentir la impartición de justicia literalmente de cara hacia las partes contendientes y a la sociedad en general, ya no estarán resolviendo atrás de un escritorio y ante la frialdad de un expediente, estos son sin duda nuevos tiempos para nuestra justicia.

La reforma del artículo primero constitucional, que incorpora a la Carta Magna el control de convencionalidad en tratándose de la materia de derechos humanos, es un tema que impacta seriamente la labor jurisdiccional, ahora los jueces (federales o locales) tendrán que observar no solo los derechos fundamentales que consagra la Constitución, sino también los Tratados Internacionales suscritos por nuestro país; esta circunstancia, amplía desde luego, las facultades de los juzgadores al resolver los asuntos que se les presentan, se decía anteriormente que el Juez era un esclavo de la ley, la añeja discusión entre la justicia y la legalidad para muchos ha quedado reducida, sin embargo, no es tan fácil afirmarlo, el principio Pro Homine no significa que se favorezca a determinada persona en caso de existir alguna duda, este principio exige que los juzgadores comprendan el problema, acudan al tratado internacional y ya entonces una vez analizada la situación determinar cuál debe ser la interpretación más favorable, sin embargo, con la reciente implementación de estas reformas, se corre el grave riesgo de caer en un mal entendido activismo judicial, que está lejos de la intención del legislador al incorporar esta trascendente reforma a nuestra constitución, por ello, es necesario reducir los criterios contradictorios que se presenten en los fallos de uno u otro juzgador y si bien existe la denuncia de contradicción de tesis ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lamentablemente el tiempo en la emisión de sus resoluciones no es el deseable, por eso, la implementación o la incorporación de los Plenos de Circuito que se contemplan en la reforma Constitucional en la fracción XIII del artículo 103 es de suma importancia para unificar los criterios discrepantes

Elegir juzgadores federales mediante procesos o concursos en los que se pondere la carrera judicial para lograr la inserción de los más capacitados tanto en conocimientos jurídicos como en sus cualidades personales, es una tarea que requiere un alto grado de complejidad y que exige del Consejero de la Judicatura Federal óptimos conocimientos en la función jurisdiccional y vocación de servicio que en correlación a su experiencia en el desempeño de la función, le

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permitan contribuir activamente en la elaboración y diseño de esos procesos de selección y en la normatividad precisa encaminada a garantizar con transparencia un servicio público de excelencia, ciertamente sabemos qué tipo de jueces necesitamos, pero el problema de fondo para el Consejo de la Judicatura Federal, es determinar un nuevo sistema de elección y selección de juzgadores egresados de una capacitación proporcional al tamaño de la reforma, y para ello el Instituto de la Judicatura Federal (el cual conozco desde que fui alumno y ahora con veinte años ininterrumpidos impartiendo diversas cátedras) deberá evolucionar en sus programas de estudio, si bien continuando en los de educación y actualización continua a sus integrantes sobre las reformas legales que se van presentando, esta evolución deberá impactar directamente en la capacitación legal de sus integrantes en temas de formación y relaciones humanas, sensibilidad social, comportamiento y dirección de audiencias públicas, manejo de personal, discusión y resolución de asuntos entre su pares (en el caso de los Tribunales Colegiados de Circuito), manejo de riesgos y hasta códigos de vestimenta, continuando desde luego con el fomento del orgullo, la honorabilidad y lealtad institucional hacia el Poder Judicial de la Federación, por ello, se deberá garantizar que los Juzgadores Federales den auténtico sentido a estas trascendentes reformas Constitucionales.

Debe esperarse que el camino a seguir por el Consejo de la Judicatura Federal sea aquél que nos permita llegar a la excelencia, pero para alcanzarla se necesitará contar con personas capaces en cada una de las áreas de esta Institución, fortaleciendo la profesionalización de los miembros que la conforman, dotándolos de herramientas que les permitan estar actualizados en su función administrativa y jurisdiccional, apuntalando la autonomía e independencia de los órganos jurisdiccionales, fomentando una filosofía de respeto a los valores que nos permitirán llegar a las metas fijadas en un corto, mediano o largo plazo, según sea el caso.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha ampliado el acceso al juicio de amparo a las víctimas de los delitos, de tal manera que se les reivindica en un antiguo reclamo, inclusive doctrinal, esta sensibilidad no sólo debe acompañar a los juzgadores, sino que también es importante que el Consejo de la Judicatura Federal adopte mecanismos de protección hacia las niñas, niños y mujeres víctimas de los diversos delitos, como sería un recinto apartado de las salas de audiencias donde se estén realizando las diligencias, principalmente en el nuevo sistema de justicia penal, contando desde luego con las herramientas de audio y video que les permita intervenir en dichas diligencias, para evitar con ello que sufran una victimización secundaria, estas medidas incluso pueden ampliarse a problemas de índole familiar.

Los controles de confianza existen en el Poder Judicial de la Federación y me permito enumerar algunos:

  1. a) La Carrera Judicial permite que durante su ascenso se conozca a cada funcionario judicial de acuerdo con sus capacidades y talentos.
  2. b) Existen exámenes para acceder a las categorías de Actuario Judicial, Secretario de Estudio y Cuenta, Juez de Distrito y Magistrado de Circuito.
  3. c) Existen visitas de inspección que periódicamente se realizan a los órganos jurisdiccionales a través de la visitaduría General del Consejo de la Judicatura Federal.
  4. d) El constante monitoreo de los órganos jurisdiccionales a través del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE).
  5. e) Los jueces revisan el trabajo de los Secretarios; las resoluciones de los Jueces son revisadas tanto por los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como por los Magistrados de los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito; las de los Tribunales Unitarios de Circuito son revisadas por los Tribunales Colegiados de Circuito, mientras que los Tribunales

Colegiados de Circuito, de acuerdo con su integración no permite que la responsabilidad de sus resoluciones recaiga en un solo Magistrado de Circuito.

  1. f) Finalmente la posibilidad que tiene cualquier persona de formular quejas administrativas en contra de los funcionarios judiciales, ya sea por resoluciones dictadas indebidamente o por su conducta dentro y fuera del recinto judicial, queja que en su caso activa la intervención de la Secretaría de Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal.

Ahora bien, desde luego algún otro medio control de confianza puede ser incorporado, me atrevo a decir que pudieran realizarse exámenes psicológicos durante los exámenes para acceder a la categoría de Juez de Distrito, sin embargo, el instrumento de medición que se pretenda emplear debe distinguir claramente la idoneidad del cargo y el perfil del funcionario público a examinar, lo cual resulta lógico si consideramos que la diversificación de actividades en el servicio público tienen diferente perfil y preparación profesional.

El tema de la corrupción en México, es tan complejo como delicado, urge abordarlo frontalmente para poder lidiar con ella de manera efectiva. Es un tema complejo por la cantidad de facetas o aspectos que presenta: tráfico de influencias, soborno, peculado, uso privado de bienes públicos, el castigo al inocente y el premio a quien no lo merece, por mencionar algunas, y es delicado porque la vida nacional se ha visto profundamente afectada por la presencia de este mal social.

 

Por desgracia el Consejo de la Juridica en el Estado, creado recientemente, nacio muerto, ya que en ningun momento los consejeros, fueron sometidos ni siquiera se sometieran al los protocolos de control y confianza. Y por otro lado otro elefante blanco, en el que el gobernador Corral, hizo lo que vino en gana, violentando la Consticion del Estado, poniendo por encima a este organo de gobierno por encima del Poder Judicial.

Salud y larga vida y luchar para vivir.

 

@profesor_F

 

 

 

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