De multa a cárcel para bromistas del 911

 Chihuahua.- De acuerdo al Código Penal del Estado de Chihuahua, el uso indebido el servicio de Emergencias 9-1-1 para realizar bromas, es un delito cuya penalidad va los de nueve meses a nueve años de cárcel y de ciento cincuenta a cuatrocientos cincuenta días multa, ya que en el artículo 307 Bis contempla la falsa declaración ante autoridades realizada dolosamente a través del servicio telefónico o cualquier otro medio de telecomunicación, para dar un falso aviso de alarma o emergencia.

Esto basado en el artículo 307, que aborda que quien al declarar por sí o por medio de representante ante la autoridad en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, faltare a la verdad, en relación con los hechos que motivan la intervención de ésta, será sancionado con pena de seis meses a seis años de prisión y de cien a trescientos días multa, sin embargo la pena aumenta una mitad más por tratarse de instituciones de Emergencias.

Además, destaca que los sistemas y tecnologías de información instrumentadas en el Centro de Atención de Llamadas de Emergencias (CALLE) 9-1-1 en Chihuahua permiten obtener bases de datos sólidas de los números telefónicos con mayor incidencia en las llamadas de broma o que mal utilizan el servicio.

Es por ello, que la Fiscalía General del Estado a través del Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo (C-4) exhorta a la población a utilizar responsablemente este servicio, ya que al realizar una broma, se movilizan múltiples corporaciones de los tres niveles de gobierno y esto resta tiempo valioso que se utilizaría en un caso verídico.

 

 

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