Fuerzas Armadas pueden hacer detenciones sin avisar a la policía: SCJN

México.- Fuerzas Armadas podrán realizar detenciones sin previo aviso a las policías locales.

Así lo avaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través de la constitucionalidad de la Ley Nacional del Registro de Detenciones (LNRD).

Asimismo, pidió al Congreso de la Unión realizar las modificaciones a la ley, a fin de establecer los protocolos de actuación para evitar la vulneración de las bases de datos que contiene.

SCJN precisa que las Fuerzas Armadas deberán ingresar el alta de información de los capturados en el Registro Nacional de Detenciones

La SCJN discutió en su sesión del martes 24 de enero la constitucionalidad de la LNRD, la cual, había impugnado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en el año 2019.

La CNDH declaraba que dicha ley no expresaba de manera clara cuáles eran las obligaciones de las Fuerzas Armadas al momento de realizar una detención.

Así, los ministros de la SCJN establecieron una interpretación clara que establece que los miembros del Ejército, Marina y Guardia Nacional, que lleven a cabo la detención de personas, tendrán la obligación de dar de alta la información de los capturados en el Registro Nacional de Detenciones.

De esta manera, no tendrán que avisar a la policía cuando realicen alguna detención.

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