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El Instituto y Colegio de Contadores Públicos de Chihuahua (ICCPCh) inició el Seminario de Impuestos 2018 con el tema “Puntos Finos, ISR, Personas Morales y Personas Físicas” presentado por el Contador Público Juan Carlos Gutiérrez Beltrán y el Contador Público Certificado Leopoldo Manuel Manjarrez Aguirre.

Los miembros de la Comisión Fiscal desarrollaron los tópicos torales como la Ley de Ingresos de la Federación, Estímulos Fiscales, Disposiciones Generales, Sueldos y Salarios, Régimen de Incorporación Fiscal, Arrendamientos, Reglas de resolución Miscelánea con Enajenación de Bienes y Dividendos.

CPC. Leopoldo Manuel Manjarez Aguirre, quien ejerce la profesión en las firmas García, Rodríguez y Compañía Consultores de Negocios S.C y es Vicepresidente General del ICCPCh, dijo que el primer módulo del Seminario abordará ciertas reglas de la Miscelánea Fiscal y puntos que se deben considerar en 2018 respecto a la declaración anual que se presentará en 2019.

Informó que se vivió con temas de sueldos y salarios en 2018 respecto a la declaración anual de 2017 en todos los puntos controversiales, como el que ya no se expedía los patrones las constancias de retenciones y pago de subsidio al empleo y demás contraprestaciones, sino que ya se tomaba en cuenta las facturas electrónicas o recibos de nómina CFDI.

También se hablará sobre las disposiciones generales con relación a la discrepancia fiscal que vuelve a cobrar importancia en virtud de que parta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es imperativo revisar los niveles de ingresos respecto a los egresos de los contribuyentes, especialmente donde los segundos son muy superiores, para que explique la diferencia. Un tema que obrará importancia en este 2018.

Se abordó el cambio de la plataforma de la SHCP con relación a la presentación de pagos provisionales y definitivos del Impuesto al Valor Agregado para contribuyentes de actividad profesional y a arrendamiento.

Informó que desde esta semana se incorporó el nuevo portal de “Mi Contabilidad, Mi sitio”, en el cual la autoridad pone toda la información para quienes opten por este sistema de declarar con base a los comprobantes electrónicos. “Este sistema, precisó, más que una opción sería obligatoria y va a impactar, definitivamente”.

También se tendrá repasos en materia como arrendamiento, enajenación de bienes y reglas de miscelánea.

A su vez, el C.P Juan Carlos Gutiérrez Beltrán, egresado de la Universidad Autónoma de Chihuahua y maestro de Impuestos por la División de Posgrado de la Facultad de Contaduría y Administración de la UACh, así como gerente de Impuestos de GCC y sus subsidiarias, destacó que el Seminario busca dejar en claro ante los contadores aquellos temas específicos a tomar en consideración en determinación de los impuestos de las personas físicas y morales para 2019.

Subrayó que se presentaron ante los contadores ciertos esquemas o artículos en específico que afectan o tienen relación con la determinación de impuestos y/o actividades que realizan los contribuyentes.

Planteó que su intervención se enfocó más sobre las personas morales y los acreditamientos de los impuestos sobre la renta de residentes en el extranjero que puedan hacer en México.

El C.P Juan Carlos Gutiérrez dijo que este punto es muy importante para las medianas y grandes empresas que tienen residentes en el extranjero, entre las cuales, hay muchas que por desconocimiento o no saber determinar correctamente el límite de acreditamiento no aprovechan los esquemas y terminan haciendo una doble tributación, una en México y otra en el extranjero.

Subrayó que se debe tener en consideración diversas reglas y tomando en cuenta los tratados internacionales para evitar la doble tributación. “Son aspectos técnicos, pero es importante que la comunidad y los que prestan servicios de contabilidad, asesoría e impuestos tengan el debido conocimiento”.

Dijo que dentro de la temática del primero módulo del Seminario de Impuestos 2018, está el de la reforma del artículo 69 B-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), que habla sobre la amortización de las pérdidas y cuándo la autoridad las considera de manera indebida.

Comentó que esta modificación que entró en vigor en junio de 29018 y busca desalentar ciertas prácticas incorrectas de transmisión de la amortización de pérdida fiscal, con el único fin de evitar el pago de impuestos.

Por ello es importante que los contadores y asesores tengan conocimiento sobre ciertas prácticas y cómo la autoridad a través de las legislaciones, evitan que se amorticen o hagan deducciones en forma indebida, en cuestiones de pérdida fiscal.

También se habló sobre una opción que tienen las personas morales de poder, en cuanto a poder tramitar, con base al flujo de efectivo, tributar de una manera distinta.

Finalmente precisó que hay ciertos casos y personas, cuando tienen ingreso de hasta cinco millones de pesos, pueden optar por tributar de manera distinta a las personas morales y hacerlo de manera más simplificada y a través de un flujo de efectivo y tener ciertas ventajas en la administración de los impuestos a pagar.

 

 

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