Ordena la Corte al estado a no reservar información sobre seguridad

Chihuahua.- Tras la demanda de Acción de Inconstitucionalidad que presentó el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos Luis Raúl González, contra la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Publica, porque reservaba diversa información, esta mañana el presidente del Congreso del Estado Jesús Villareal informó la determinación de la Suprema Corte de justicia de la Nación, de no reservar ningún dato.

Se trata del párrafo segundo del Artículo 225 en el que “se clasifica como reservada la información contenida en todas y cada una de las Bases de Datos y Registros del Sistema de Información Estatal de Seguridad Pública, así como la información contenida en ellos, en materia de detenciones, información criminal, penitenciaria, personal de seguridad pública, personal y equipo de los servicios de seguridad privada, armamento y equipo, vehículos, huellas dactilares, teléfonos celulares, medidas cautelares, soluciones alternas y formas de terminación anticipada, sentenciados y las demás necesarias para la operación del Sistema, cuya consulta es exclusiva de las Instituciones de Seguridad Pública que estén facultadas en cada caso, a través de los servidores públicos que cada Institución designe, por lo que el público no tendrá acceso a la información que en ellos se contenga”.

El decreto fue aprobado por la anterior Legislatura el 30 de mayo del 2017 y publicado en el Periódico Oficial del Estado el 7 de junio del mismo año, y el 3 de julio González impugnó el párrafo de tal artículo de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Publica, contenido en el Decreto LXV/RFLEY/0340/2017  II P.O.

Posteriormente, el 30 de abril de 2019 el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la citada Acción de Inconstitucionalidad, dejando sin validez el precepto  impugnado, del aludido ordenamiento jurídico, por lo que deberán eliminar ese párrafo.

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