Propone diputado otra iniciativa para penar la pederastia en Chihuahua

Chihuahua.- Aun cuando Chihuahua está entre los primeros lugares en el delito de pederastia, los legisladores de Chihuahua no han aprobado una iniciativa presentada en mayo para incorporarla como delito en el Código Penal del Estado de Chihuahua, y ahora el diputado de Morena Benjamín Chávez presentó otra iniciativa para adicionar un artículo para implementar penas por este delito.

En 2018, Chihuahua se colocaba como uno de los estados donde más se presenta este delito, de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que ha colocado al estado entre el tercer y primer lugar nacional desde el 2014, con una tasa de 31 denuncias por cada 100 mil habitantes, por encima de la media nacional que fue de 13.8 casos; y como uno de los 24 estados en donde la pederastia no es un delito.

Aun así, la iniciativa con carácter de decreto, con el propósito de adicionar un Capítulo VIII, con sus artículos 180 Ter, Quarter y Quintus al Título Quinto del Código Penal del Estado de Chihuahua, para incorporar el delito de pederastia, presentada el 09 mayo de 2019 por los 11 diputados del Partido Acción Nacional y la adhesión del diputado de Morena Benjamín Carrera, se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis, en lugar de presentarse, y aprobarse, como un asunto de urgente resolución.

Este miércoles, cuando aún no se ha aprobado la iniciativa el mismo diputado Benjamín Carrera propuso otra iniciativa con carácter de decreto, para adicionar el artículo 172 Bis del Código Penal del Estado de Chihuahua, referente a la pederastia para que se apliquen penas de diez a treinta años de prisión, y multa por un importe equivalente de quinientas a mil unidades de medida y actualización, a quien aprovechándose de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de dieciocho años y mayor de catorce años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole, la induzca o la convenza a ejecutar o ejecute cualquier acto sexual con su consentimiento.

Además, propone otras penas para los casos cuando la víctima tenga hasta catorce años, o sea una persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho; cuando se trate de un tutor que perderá en su caso, la patria potestad; y cuando el victimario sea un servidor público se le impondrá la pena de inhabilitación o suspensión según sea el caso en el ejercicio de su profesión, de sus derechos o funciones.

Related Post