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Alertan a Chihuahuenses por falsos productos para la belleza

La Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Coespris), alerta a la población sobre los métodos de inyección de plasma ricos en plaquetas que se ofertan a la ciudadanía con la promesa de retrasar los signos del envejecimiento y la obtención inmediata de una piel tersa y joven.

El médico dictaminador de Coespris, Martín Ruiz Aguirre, explicó que éste método no tiene un fundamento científico que haya sido probado en seres humanos y que dé como resultado el rejuvenecimiento instantáneo o paulatino.

Precisó que la publicidad sugiere que éste procedimiento estimula la producción de colágeno, elastina y tejido epidérmico, lo que resulta costoso y riesgoso para la salud del paciente.

El método consiste en la extracción de una muestra de sangre, la cual se somete a un proceso de centrifugado para aislar las plaquetas y separar la parte de plasma, el cual se inyecta de manera directa en la zona cutánea deseada.

Es importante mencionar que el manejo de sangre y sus derivados debe de cumplir con las leyes, reglamentos y normas oficiales mexicanas.

Para poder realizar este tipo de intervenciones, es fundamental que el establecimiento cuente con licencia sanitaria de banco de sangre para la obtención del producto, el centrifugado, su manejo y reaplicación.

Asimismo se debe llevar la metodología que indica la ley sanitaria vigente,   “Sangre segura”, mediante la cual se detectan enfermedades que se transmiten por esta vía, tal es el caso de SIDA y la Hepatitis, por mencionar algunas.

Es importante llevar un protocolo para garantizar que los instrumentos que se emplean sean desechables; así mismo, que la aplicación de plaquetas sea del mismo paciente y no de otro.

El uso, manejo y destino de los desechos debe hacerse conforme a la Norma 087, sobre el manejo de Residuos peligrosos biológicos infecciosos.

Cabe mencionar que el responsable de sanidad del establecimiento debe ser un profesional de la salud que aplique y haga cumplir las normas de consultorios, de Residuos Peligrosos Biológicos Infecciosos (RPBI) y de publicidad, entre otras. Es primordial que se compruebe la legal adquisición de equipo, instrumental y sustancias como los anticoagulantes y activadores de plaquetas.

La sanción que la autoridad sanitaria imponga a través de la Coordinación Jurídica se indica en Capítulo I Medidas de Seguridad Sanitaria de la Ley General de Salud.

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