Autorizan monetización de de los recursos de Fibra Estatal Chihuahua

La monetización de los Recursos Remanentes del Fideicomiso 80672, podrá hacerse por una cantidad de hasta 6 mmdp, en el entendido de que el monto neto total autorizado sólo es de hasta 3 mmdp.

Ahora bien, los recursos totales de los Financiamientos de la Monetización que, en su caso, se celebren deberán destinarse conforme a lo siguiente:

(a) Al menos un 50% (cincuenta por ciento) de dichos recursos, es decir, al menos la cantidad de 3 mmdp, al pago de las obligaciones a cargo del Estado, derivadas de los financiamientos contratados por éste, por conducto de la Secretaría de Hacienda, con fundamento en el Artículo Décimosexto Bis de la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal de 2015; y

(b) La cantidad remanente deberá destinarse a inversiones públicas productivas.

El o los Financiamientos de la Monetización podrán ser celebrados con cualesquier instituciones, entidades o personas de nacionalidad mexicana, o bien podrán instrumentarse mediante la emisión de valores a ser colocados en el mercado.

El plazo de él o los Financiamientos de la Monetización podrá ser hasta por el plazo restante de las emisiones de certificados bursátiles fiduciarios vigentes por el fideicomiso número 80672. (el “Plazo de los Financiamientos de la Monetización”).

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