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-Busca revivir la calumnia para defender a Alito
-Registro estatal para infracciones

MIENTRAS el secretario de Turismo estatal al empresario Felipe Edibray Gómez Gallegos anda en la capital de Estados Unidos, promocionando viajes a la Sierra de Chihuahua, en Creel se mueren los turistas.  Y en el último caso no fueron a balazos, fue por la negligencia de las autoridades de Protección Civil.

Resulta que siete personas resultaron intoxicadas en el hotel Casona Boutique de Creel por culpa de calentones viejos. De esas víctimas, cuatro perdieron la vida.

Las autoridades no tienen un plan de contingencia y por lo tanto, no se habían realizado ninguna revisión en dicho hotel de la muerte, ni en los demás que existen a lo largo de la Sierra. La excusa de Protección Civil en el municipio de Bocoyna es que solo tienen un trabajador, y la carga de jale es demasiada para revisar todo, ¿Y quién es? Pues su titular, Omar Raymundo Núñez, a quién no se le había visto inspeccionando ningún solo hotel con sus equipos de calefacción.

También la Coordinadora Estatal de Protección Civil (CEPC) peca por negligencia ante estas situaciones, pero mientras tanto en Washington D. C. andan presumiendo la seguridad que existe para los turistas que visitas Chihuahua.

ACOSTUMBRADO a seguir la agenda mediática para realizar sus iniciativas, el diputado priista Omar Bazán Flores propuso adicionar un tercer párrafo, al artículo 327 del Código Penal del Estado de Chihuahua, para penar la “calumnia” que se derogó en lo federal desde 2007, y de paso defender al dirigente nacional priista Alejandro Moreno.

A pesar de que desde abril de 2007 entró en vigor la despenalización de delitos como la calumnia, difamación e injuria del Código Federal y desde 2011 de la Ley de Imprenta de 1917, el diputado comenzó explicando que “la calumnia es una acusación falsa y malintencionada, sin importar que se tenga conocimiento de que la imputación surgió de una mentira, y aun cuando ello sea verdad, se busca causar un daño personal y moral con una dañada intención”.

Aseguró que “muchas veces los medios de comunicación y las redes sociales son empleados por personas maliciosas que crean una calumnia para desprestigiar la imagen, carrera, trayectoria o credibilidad de una figura pública”, por lo que es importante “investigar las fuentes de información y corroborar su veracidad, ya que se busca calumniar y crear un gran daño moral, a través de instrumentos indebidos como la intervención de comunicaciones privadas”.

Desde hace meses se ha dado a conocer la intervención de comunicaciones del dirigente nacional priista, que han sido difundidas por la gobernadora de Campeche Layda Sansores.

Dado que en el Código Penal del Estado ya prevé el Delito de Intervención de comunicaciones privadas, propuso castigar el divulgar una grabación no autorizada, obtenida mediante lo que llamó “subterfugios”, aun cuando los medios de comunicación también graban sus entrevistas telefónicas.

Así pues propuso imponer de seis meses a dos años de prisión y de 100 a mil días de multa, “a quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente” y a de tres a 12 años de prisión y de 200 a mil días de multa a quien “revele, divulgue, utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada”.

A fin de generar un historial de las infracciones cometidas por los guiadores en el estado de Chihuahua, se propone desde el Congreso del Estado agregar el artículo 99 Bis, a la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, a fin de que se instituya un Registro Estatal de Infractores.

Durante los últimos dos años se han incrementado tanto los accidentes no mortales como los mortales en la entidad, de tal manera que si Chihuahua fuera una nación, estaría dentro de los cinco países con más accidentes en el mundo.

Debido a que no hay un seguimiento puntual de los casos, fácilmente una persona puede reincidir una y otra vez en cuanto a un accidente, por lo que es necesario que se establezca esta base de datos para que al momento de que se cometa una infracción de esta naturaleza, se pueda ponderar la multa con base en la reincidencia.

Este registro guardaría los datos hasta cinco años de todas las personas que cometen una infracción que deriva en un accidente vial, aunque falta ver como establecerse este registro y los recursos necesarios para ello. Otro gasto.

 

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